Datos personales. Quiero mi contrato verbal, ¿como lo consigo?
Las operadoras de telecomunicaciones tienen la obligación, según dispone el artículo 53.4 de la vigente ley 9/2014, ley general de telecomunicaciones, de remitirte el contrato celebrado por escrito o en un soporte duradero como, por ejemplo, la grabación de tu contrato verbal, que ya estaba regulado antes de entrar en vigor la ley vigente en las circulares 1/2004 ( apartado 4.d) y 1/2009 (apartado 4.c ) sobre preselección y portabilidad, respectivamente.